Tuesday, February 26, 2019
En Pucarani garantizan Bs 48 MM para agua
El ministro de Medio Ambiente, Carlos Ortuño, y el alcalde de Pucarani (La Paz), Francisco Hidalgo, firmaron ayer un convenio para el financiamiento de tres proyectos hídricos con 84 millones de bolivianos.
Se trata del sistema de agua potable Alqa Quta, en las zonas A y B, en el que se invertirán 70,5 millones de bolivianos; el alcantarillado sanitario y una planta de tratamiento que beneficiará a familias de 75 comunidades de esa región paceña, para lo cual se destinarán 13,8 millones de bolivianos.
“Extenderemos 400 kilómetros de tubería para el suministro de agua desde la cordillera para cada una de las familias de las 75 comunidades. Es una obra macro, un trabajo en tamaño inmenso, estamos hablando de más de 10 millones de dólares”, manifestó el ministro Ortuño.
Explicó que los proyectos se ejecutarán de manera simultánea, en cumplimiento del compromiso que hizo el presidente Evo Morales de dotar servicios básicos dignos a la población.
Sobre el proyecto para descontaminar la cuenca Katari y el Lago Menor del Titicaca, la autoridad sostuvo que ya se inició la licitación para el mejoramiento y la ampliación de la planta Puchucollo.
Wednesday, February 20, 2019
Deuda de Epsas impide ejecución de obras
La directora de Agua, Saneamiento y Recursos Hídricos de la Alcaldía de El Alto, Gabriela Tenorio, informó que una deuda de la Empresa Pública Social de Agua y Saneamiento (Epsas), impide la ejecución de las obras en los cárcamos de bombeo del Distrito 7.
Cabe aclarar que el proyecto contempla una inversión de más 10 millones de bolivianos; la contraparte del Gobierno Autónomo Municipal de El Alto (Gamea) alcanza al 20 por ciento, en tanto que Epsas tiene un 80 %.
En los cárcamos dos y tres, ubicados en Chusamarca del Distrito Municipal 14, se han concluido las obras civiles, solo falta energía para darle funcionamiento; en tanto que en el cárcamo uno, situado en Ocomisto (D-11), queda pendiente la ejecución de los equipos de bombeo y la instalación de la energía trifásica.
“Respecto de la ejecución de los cárcamos de bombeo, hasta el momento sobrepasamos el 70 por ciento de ejecución. Sin embargo, es necesario esclarecer que Epsas aún nos adeuda 494.706 bolivianos para poder concluir y completar su contraparte que corresponde al 80 por ciento de financiamiento. En tanto no nos complete este monto nosotros no vamos a poder ejecutar los recursos de contraparte como Gamea, que son más de 3 millones de bolivianos”, aclaró la directora de Agua, Saneamiento y Recursos Hídricos.
Agregó que el Gobierno Municipal, desde la gestión 2016 hasta el 2018, mediante el Plan Operativo Anual, (POA) ha ido programando los recursos para la ejecución de las obras en el proyecto. Para esta gestión también está previsto inyectar recursos con el fin de garantizar la contraparte, toda vez que es un proyecto estratégico que va a solucionar la descarga de aguas servidas de los distritos 7 y 14.
“La contraparte de Epsas, en este caso, es del 80 por ciento, todavía nos adeuda casi medio millón, monto que, si no es transferido, nosotros no vamos poder pagar las planillas y no vamos a poder usar los recursos del Gamea, puesto que así lo establece la cláusula sexta del convenio, suscrito para la ejecución de los cárcamos de bombeo”, aclaró Tenorio.
Agregó que mandaron notas a Epsas desde julio de 2018 sin respuesta favorable. A ello, añadió que, por los problemas sociales suscitados durante la ejecución del cárcamo uno, no se ha podido terminar, sin embargo, ya se han hecho las gestiones sociales para poder viabilizar las obras y se estima que en marzo se continúe con los trabajos faltantes.
“No podemos vulnerar un convenio que ha sido aprobado por el Concejo Municipal, donde se establece la ejecución de toda la plata de Epsas y, al final, recién la plata del Gamea”, recordó la funcionaria edil.
Cabe aclarar que el proyecto contempla una inversión de más 10 millones de bolivianos; la contraparte del Gobierno Autónomo Municipal de El Alto (Gamea) alcanza al 20 por ciento, en tanto que Epsas tiene un 80 %.
En los cárcamos dos y tres, ubicados en Chusamarca del Distrito Municipal 14, se han concluido las obras civiles, solo falta energía para darle funcionamiento; en tanto que en el cárcamo uno, situado en Ocomisto (D-11), queda pendiente la ejecución de los equipos de bombeo y la instalación de la energía trifásica.
“Respecto de la ejecución de los cárcamos de bombeo, hasta el momento sobrepasamos el 70 por ciento de ejecución. Sin embargo, es necesario esclarecer que Epsas aún nos adeuda 494.706 bolivianos para poder concluir y completar su contraparte que corresponde al 80 por ciento de financiamiento. En tanto no nos complete este monto nosotros no vamos a poder ejecutar los recursos de contraparte como Gamea, que son más de 3 millones de bolivianos”, aclaró la directora de Agua, Saneamiento y Recursos Hídricos.
Agregó que el Gobierno Municipal, desde la gestión 2016 hasta el 2018, mediante el Plan Operativo Anual, (POA) ha ido programando los recursos para la ejecución de las obras en el proyecto. Para esta gestión también está previsto inyectar recursos con el fin de garantizar la contraparte, toda vez que es un proyecto estratégico que va a solucionar la descarga de aguas servidas de los distritos 7 y 14.
“La contraparte de Epsas, en este caso, es del 80 por ciento, todavía nos adeuda casi medio millón, monto que, si no es transferido, nosotros no vamos poder pagar las planillas y no vamos a poder usar los recursos del Gamea, puesto que así lo establece la cláusula sexta del convenio, suscrito para la ejecución de los cárcamos de bombeo”, aclaró Tenorio.
Agregó que mandaron notas a Epsas desde julio de 2018 sin respuesta favorable. A ello, añadió que, por los problemas sociales suscitados durante la ejecución del cárcamo uno, no se ha podido terminar, sin embargo, ya se han hecho las gestiones sociales para poder viabilizar las obras y se estima que en marzo se continúe con los trabajos faltantes.
“No podemos vulnerar un convenio que ha sido aprobado por el Concejo Municipal, donde se establece la ejecución de toda la plata de Epsas y, al final, recién la plata del Gamea”, recordó la funcionaria edil.
LEY N° 1118 - Se aprueba el Contrato de Préstamo suscrito entre el EPB y la CAF
LEY N° 1118
LEY DE 29 DE OCTUBRE DE 2018
LEY DE 29 DE OCTUBRE DE 2018
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:ARTÍCULO ÚNICO.
I. De conformidad a lo establecido en el numeral 10 del Parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado, se aprueba el Contrato de Préstamo suscrito entre el Estado Plurinacional de Bolivia y la Corporación Andina de Fomento – CAF, en fecha 31 de agosto de 2018, por un monto de hasta $us77.000.000.- (Setenta y Siete Millones 00/100 Dólares Estadounidenses), destinados al financiamiento parcial del “Programa Más Inversión para el Agua – Fase V (MIAGUA V).
II. Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, a través del Tesoro General de la Nación – TGN, asumir el repago de las obligaciones, como el servicio de la deuda, que sean contraídas en la ejecución del mencionado Contrato de Préstamo aprobado por la presente Ley.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los diecisiete días del mes de octubre del año dos mil dieciocho.
Fdo. Leónidas Milton Barón Hidalgo, Lilly Gabriela Montaño Viaña, Efraín Chambi Copa, Patricia M. Gómez Andrade, Sebastián Texeira Rojas, Margarita del C. Fernández Claure.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los veintinueve días del mes de octubre del año dos mil dieciocho.
FDO. EVO MORALES AYMA, Diego Pary Rodríguez, Alfredo Rada Vélez, Mariana Prado Noya, Mario Alberto Guillén Suárez, Carlos Rene Ortuño Yañez.
Tuesday, January 29, 2019
Amplían sistema de agua en comunidad San Carlos
El segundo secretario de la Embajada del Japón en Bolivia, Kunihiro Otsuka, realizó el pasado viernes la entrega de la ampliación del sistema de agua potable para la comunidad de San Carlos, ubicado en el municipio de La Guardia del departamento de Santa Cruz.
En el año 2017, el municipio de La Guardia, motivado por la falta de acceso a agua potable para los pobladores, solicitó el apoyo de la Embajada del Japón para ampliar el sistema de agua potable.
Consecuentemente, atendiendo tal solicitud, la Embajada del Japón suscribió un contrato de donación con el municipio el 8 de diciembre de 2017, por un monto de $us 75.887 (setenta y cinco mil ochocientos ochenta y siete dólares americanos).
Dicha donación se otorgó dentro del esquema de cooperación denominado Asistencia financiera no reembolsable para proyectos comunitarios de seguridad humana – APC.
En ese marco, la cooperación japonesa apoyó con la construcción del sistema adicional de succión, almacenamiento y distribución. Como resultado de esta iniciativa, más de 300 pobladores y futuros residentes se beneficiarán mediante el acceso a agua potable en sus hogares.
Desde 1990 hasta la fecha, el Gobierno del Japón, a través de la APC, ha financiado diversos proyectos en los campos de saneamiento básico, la salud, la agricultura, la educación y el medioambiente, entre otros, ejecutándose hasta el momento 624 proyectos en Bolivia, por un monto aproximado de 41 millones de dólares.
Adjunto enviamos el material obtenido en el Acto de entrega de realizado en el municipio de La Guardia (Santa Cruz).
La entrega fue de la ampliación de sistema de agua en la comunidad de San Carlos, municipio de la Guardia realizado el 25 de enero.
En el año 2017, el municipio de La Guardia, motivado por la falta de acceso a agua potable para los pobladores, solicitó el apoyo de la Embajada del Japón para ampliar el sistema de agua potable.
Consecuentemente, atendiendo tal solicitud, la Embajada del Japón suscribió un contrato de donación con el municipio el 8 de diciembre de 2017, por un monto de $us 75.887 (setenta y cinco mil ochocientos ochenta y siete dólares americanos).
Dicha donación se otorgó dentro del esquema de cooperación denominado Asistencia financiera no reembolsable para proyectos comunitarios de seguridad humana – APC.
En ese marco, la cooperación japonesa apoyó con la construcción del sistema adicional de succión, almacenamiento y distribución. Como resultado de esta iniciativa, más de 300 pobladores y futuros residentes se beneficiarán mediante el acceso a agua potable en sus hogares.
Desde 1990 hasta la fecha, el Gobierno del Japón, a través de la APC, ha financiado diversos proyectos en los campos de saneamiento básico, la salud, la agricultura, la educación y el medioambiente, entre otros, ejecutándose hasta el momento 624 proyectos en Bolivia, por un monto aproximado de 41 millones de dólares.
Adjunto enviamos el material obtenido en el Acto de entrega de realizado en el municipio de La Guardia (Santa Cruz).
La entrega fue de la ampliación de sistema de agua en la comunidad de San Carlos, municipio de la Guardia realizado el 25 de enero.
Monday, January 21, 2019
Saturday, January 19, 2019
DECRETO SUPREMO N° 3653 - Autorizar la suscripción del Contrato de Préstamo con la Corporación Andina de Fomento – CAF
DECRETO SUPREMO N° 3653
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Que el numeral 9 del Parágrafo II del Artículo 299 de la Constitución Política del Estado, determina como competencia que se ejerce de forma concurrente por el nivel central del Estado y las entidades territoriales autónomas, los Proyectos de agua potable y tratamiento de residuos sólidos.
Que el inciso a) del numeral 1 del Parágrafo II del Artículo 83 de la Ley N° 031, de 19 de julio de 2010, Marco de Autonomías y Descentralización “Andrés Ibáñez”, señala que de acuerdo a la competencia concurrente del numeral 9 del Parágrafo II del Artículo 299 de la Constitución Política del Estado y en el marco de la delegación de la facultad reglamentaria y/o ejecutiva de la competencia exclusiva del numeral 30 del Parágrafo II del Artículo 298 de la Constitución Política del Estado, se desarrollan las competencias de la siguiente manera: 1. Nivel central del Estado: a) Elaborar, financiar y ejecutar subsidiariamente proyectos de agua potable y alcantarillado de manera concurrente con los otros niveles autonómicos, en el marco de las políticas de servicios básicos.
Que el numeral 2.1. “Agua, alcantarillado y saneamiento básico” del Pilar 2 del Plan de Desarrollo Económico y Social 2016-2020 en el Marco del Desarrollo Integral para Vivir Bien, aprobado por Ley N° 786, de 9 de marzo de 2016, dispone que la ampliación de la cobertura de los servicios sostenibles de agua y saneamiento básico debe ser una realidad en todo el país en el marco de los principios de accesibilidad, calidad, continuidad, tarifas equitativas, con la participación y control social.
Que el Parágrafo I del Artículo 3 del Decreto Supremo Nº 0831, de 30 de marzo de 2011, señala que el Programa MIAGUA será ejecutado por el Fondo Nacional de Inversión Productiva y Social – FPS, en coordinación con el Ministerio de Medio Ambiente y Agua y los Gobiernos Autónomos Municipales beneficiarios.
Que los objetivos generales del “Programa Más Inversión para el Agua - Fase V (MIAGUA V)” son contribuir a mejorar las condiciones de vida y de salud de la población a través del incremento del acceso y de la calidad en la provisión del servicio de agua y saneamiento en el territorio nacional. Aumentar la resiliencia de las familias rurales ante los impactos negativos del cambio climático y reducir su vulnerabilidad en relación con la variabilidad y variaciones climáticas.
Que en este marco se ha gestionado ante la Corporación Andina de Fomento – CAF, un préstamo, para el financiamiento parcial del “Programa Más Inversión para el Agua - Fase V (MIAGUA V)”; siendo necesario autorizar la suscripción del Contrato de Préstamo con la CAF, a objeto de materializar el financiamiento para la ejecución del citado Programa.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:ARTÍCULO 1.- (OBJETO). El presente Decreto Supremo tiene por objeto:
- Autorizar la suscripción del Contrato de Préstamo con la Corporación Andina de Fomento – CAF;
- Disponer la transferencia de recursos externos a favor del Ministerio de Medio Ambiente y Agua en su calidad de Entidad Ejecutora y del Fondo Nacional de Inversión Productiva y Social – FPS, en su calidad de Entidad Co-ejecutora.
ARTÍCULO 2.- (AUTORIZACIÓN).
I. Se autoriza a la Ministra de Planificación del Desarrollo, a suscribir con la CAF, en nombre y representación del Estado Plurinacional de Bolivia, el Contrato de Préstamo, por un monto de hasta $us77.000.000.- (SETENTA Y SIETE MILLONES 00/100 DÓLARES ESTADOUNIDENSES), destinados a financiar parcialmente el “Programa Más Inversión para el Agua - Fase V (MIAGUA V)”.
II. Suscrito el Contrato de Préstamo con la CAF, éste deberá ser remitido a consideración y aprobación de la Asamblea Legislativa Plurinacional, en cumplimiento al numeral 10 del Parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado.
ARTÍCULO 3.- (TRANSFERENCIA DE RECURSOS EXTERNOS DE CRÉDITO).
I. Cumplida la formalidad prevista en el Parágrafo II del Artículo 2 del presente Decreto Supremo, se otorga en calidad de transferencia el monto de $us5.796.602 (CINCO MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS DOS 00/100 DÓLARES ESTADOUNIDENSES) al Ministerio de Medio Ambiente y Agua como Entidad Ejecutora y el monto de $us71.203.398 (SETENTA Y UN MILLONES DOSCIENTOS TRES MIL TRESCIENTOSNOVENTA Y OCHO 00/100 DÓLARES ESTADOUNIDENSES) al FPS como Entidad Co-ejecutora, de los recursos del Contrato de Préstamo con la CAF, para financiar parcialmente el “Programa Más Inversión para el Agua - Fase V (MIAGUA V)”.
II. El Ministerio de Medio Ambiente y Agua, en calidad de Entidad Ejecutora y el FPS, en calidad de Entidad Co-ejecutora, quedan sujetos a lo establecido en el Decreto Supremo N° 3364, de 18 de octubre de 2017, para la administración de los recursos transferidos.
ARTÍCULO 4.- (APORTE LOCAL). El FPS debe gestionar ante las entidades territoriales autónomas beneficiarias del Programa, el aporte local señalado en el Contrato de Préstamo con la CAF.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA.- Cualquier
modificación de la asignación de recursos dispuesta en el Parágrafo I
del Artículo 3 del presente Decreto Supremo, al Ministerio de Medio
Ambiente y Agua y al FPS, será aprobada por Resolución Ministerial del
Ministerio de Planificación del Desarrollo, debiendo enviar una copia
de la misma al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas. Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Planificación del Desarrollo; de Economía y Finanzas Públicas; y de Medio Ambiente y Agua, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en la Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los treinta días del mes de agosto del año dos mil dieciocho.
FDO. EVO MORALES AYMA, Fernando Huanacuni Mamani, Alfredo Rada Vélez, Carlos Gustavo Romero Bonifaz, Javier Eduardo Zavaleta López, Mario Alberto Guillén Suárez, Luis Alberto Sanchez Fernandez, Rafael Alarcón Orihuela, Eugenio Rojas Apaza, Milton Claros Hinojosa, Félix Cesar Navarro Miranda, Héctor Enrique Arce Zaconeta, Héctor Andrés Hinojosa Rodríguez, Rodolfo Edmundo Rocabado Benavides, Carlos Rene Ortuño Yañez MINISTRO DE MEDIO AMBIENTE Y AGUA E INTERINO DE PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO, Roberto Iván Aguilar Gómez, Cesar Hugo Cocarico Yana, Wilma Alanoca Mamani, Gisela Karina López Rivas, Tito Rolando Montaño Rivera.
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